La censura, siempre ha sido un tema polémico, de hecho, es un tema interesante y muy propio para una tesis entera.
Como en otra sección, ya se mencionó, existe un sistema de auto regulación desarrollado por la MPAA.
Otros sistemas, son aplicados similarmente, según las leyes y costumbres de cada país, (e.g. en Suecia, los jóvenes de 14 años, pueden asistir a las proyecciones de calificación X) en el Reino Unido, las siglas indicadas por la MPAA, no se utilizan, ellos tienen las propias, las que son U (Universal o para todas las edades), A (cuando se sugiere la discreción de los padres), AA (cuando no se admiten menores de 14 años) y X (cuando no se admiten menores de 18 años).
Actualmente en el país existe una ley que regula la censura en Costa Rica y se llama Ley general de espectáculos públicos, en el que se especifican entre otros una serie de sanciones que se impondrán a aquellas personas que llevan a cabo actividades de distribución y exhibición de espectáculos públicos, y que incumplan las disposiciones de dicha ley.[1]
El Sr. Carcheri opina que la censura lo que busca es decirle a la sociedad que “los encargados de la cosa pública nos preocupamos”, y agrega “vean lo que le hemos hecho al cine”.[2]
Un caso que se puede recordar es el de la película Calígula, que fue autorizada para ser exhibida en San José, en el cine California y a las 10 de la noche, mientras que en muchos vídeos está disponible y se puede alquilar en cualquier lugar donde haya un vídeo club que la tenga y a las horas en que el mismo esté abierto al público (algunos desde las 8:00 a.m.).
El Sr. Luis Carcheri[3], no está interesado en el cine con contenido pornográfico, piensa además que la mayoría de edad no hace capaz a una persona de ver ese tipo de películas, y además las personas no tienen la noción de cómo es que se filman dichas películas, e.g. el caso donde un tipo, tiene una erección por más de 45 minutos que deja a todos boqui abiertos, cuando en realidad no es así, puesto que muchas escenas se filman durante varios días u horas.
Sobre las películas pornográficas, existen vídeo clubes que las ofrecen en secciones especiales, como lo es una puerta con un rótulo que dice sólo para adultos, hasta el vídeo club, en donde el cliente debe preguntar discretamente al que atiende por las películas de ese tipo.
El Sr. Franco fue claro y dijo que en su vídeo club no se alquilan películas pornográficas para evitar problemas con personas que aplican la legislación, a pesar de que hay clientes que son personas mayores y que dicen que tienen el derecho de ver ese tipo de películas, concluyó el tema diciendo que alquilan películas eróticas y que existe un mercado rentable, en el país para el cine pornográfico.
En este punto, el lector, podría estarse preguntando sobre las diferencias entre el cine pornográfico y el cine erótico, lo que las personas opinan al especto, pues se puede decir lo siguiente al respecto:
En 1977, la revista Time llevó a cabo una encuesta a personas estadounidenses, sobre la moral sexual, a pesar de lo difícil que es demostrar la sinceridad de las respuestas, entre los resultados se dieron que un 54% desaprobó el desnudo femenino en los cines, y un 59% desaprobó el desnudo masculino en las películas, cuando éste es menos frecuente que el femenino y un 64% consideró que el cine pornográfico es una inmoralidad. (The Diagram Group, El sexo, 1981. p. 14).
La palabra pornografía, tiene muchos sinónimos, como e.g. obscenidad, inmoralidad, grosería, inmundicia, lujuria, sensualidad, deshonestidad, indecencia, desvergüenza, liviandad, impureza, concupiscencia, lascivia, incontinencia, licencia, exceso, desorden. Palabras contrarias a pornografía son pureza, moralidad y castidad.
Con respecto al erotismo, se tiene que es lo mismo que voluptuosidad, amor, sensualidad, pasión, lujuria, lascivia y concupiscencia, lo contrario es castidad y frialdad.
Los expertos en lo sexual, también han escrito al respecto, Alex Comfort escribió (en paréntesis, se encuentran los aspectos aplicables al cine, según interpretación del autor, con el inconveniente de que Comfort, podría no haber estado incluyendo o pensando en el caso de películas):
“Nombre dado a cualquier tipo de literatura sexual (película sexual) por alguna persona que quiera suprimirla. Son muchas las personas (consumidores de películas) normales que disfrutan examinando libros (viendo películas) dedicados a la sexualidad (con fondo o contenido sexual) o leyendo fantasías sexuales (películas sexuales): ésta es la causa de que la gente anormal gaste tanto tiempo y dinero intentando suprimirlos. El único inconveniente de la literatura comercial de este carácter (cine comercial con carácter sexual) está en que las historias (películas) que ofrece se basan en la fantasía –y a menudo de una fantasía total o parcialmente desconocedora del tema–, por lo que poca ayuda pueden prestar a la mejora de la práctica sexual..., la historias (películas) pornográficas tienden a ser reiterativas y poco esclarecedoras, además de abusar de la credulidad de los lectores (espectadores). Esta clase de literatura (cine) plantea otro problema: sus fantasías francamente antisociales sobre la tortura y otras cosas por el estilo preocupan a las autoridades, pues podrían inducir a algunos estúpidos a imitarlas. También hay quien opina..., al permitir que las personas de pocos alcances fantaseen inmensamente sobre unas necesidades totalmente inaceptables,...no hay pruebas concluyentes sobre cuál de dichos pareceres es el más acertado.
Las parejas normales pueden usar la “pornografía” más o menos constructivamente según su grado de calidad; o sea, ésta les será útil cuando describa actividades sexuales factibles y agradables que aún no habían probado, o fantasías que, a pesar de no ser realizables, puedan constituir un buen estimulante sexual. Para eso se utiliza, en general, tal clase de literatura (películas). Mucha gente, ya se trate de hombres o de mujeres, encuentran en los libros (vídeos o películas) de sexualidad una verdadera ayuda cuando quieren ponerse a punto para acostarse con su pareja...
...El solo pensar de que la pornografía caiga en manos de los niños aterroriza a determinado tipo de gente...La principal objeción que puede hacerse en este caso se refiere a la pésima calidad que produce la mafia dedicada a la especialidad: no son raras las ocasiones en que llega a asquear sexualmente incluso a las personas mayores..., es preciso decir que si bien parte de este material “sólo para adultos” puede “herir la sensibilidad” de sus consumidores..., no es menos cierto que pueden producir los mismos efectos otros materiales ajenos a la sexualidad, por ejemplo, los noticiarios cinematográficos o ciertos relatos de los libros sagrados... No está probado que la pornografía cause algún daño a los adolescentes, salvo en el caso de que la sexualidad los preocupe más de lo normal.”[4]
Jowett y Linton (1989, p. 129) reportan que en lo años 70 un 60% de la películas compradas por propietarios de VCR eran de clasificación X, y se estimó que para 1980 el porcentaje de vídeos de este tipo bajó a 25% y luego para 1986 bajó aún más, a 10%.
En cuanto a las salas de cine que proyectan este tipo de películas en los EE.UU., de 1980 a 1986, el porcentaje disminuyó en un 67%, lo que según dichos autores se debe posiblemete a que las personas han preferido ver dichas películas en sus hogares, con la privacidad que estos brindan.
La censura, no tiene ningún efecto práctico en Costa Rica en el campo del vídeo, hasta la fecha, es un hecho, que se pueden alquilar películas no solamente pornográficas, sino que películas que se han prohibido proyectar en las salas de cine, como lo fue el caso de The last temptation of Christ, la que es posible alquilar en varios vídeo clubes. Entonces, ¿cuál fue el éxito de la censura?, un castigo público al cine, pero en sí, es solo una forma de establecer como un hecho que la censura no es justa con todos los medios, no es imparcial, y es más bien una farsa manipuladora.
La censura es vulnerable, a través de los años, las personas han encontrado la forma de evadirla, de evitarla, de escapar de ella, de burlarse de ella. e.g. de ideología, de grupo social, de religión, muchos que se opusieron lo pagaron con sus vidas (como en la Inquisición), otros crearon el comercio clandestino (como en la época de la Prohibición en EE.UU. en 1929), otros se sometieron hasta cumplir los 18 años (para tomar licor e ir al cine), y así muchas otras formas.
La Ley de espectáculos públicos, regula entre otros, al cine, la TV por cable, la TV por medios inalámbricos, vía satélite, y otros tipos transmisión, entre otros, también los alquileres de películas en formatos para vídeo.
Es muy posible que en el futuro próximo (un pesimista podría decir futuro lejano) esto cambie, ya que en La Gaceta ya se publicaron reformas a la Ley de espectáculos públicos, materiales audiovisuales e impresos, así se tienen dos modificaciones que afectarán directamente a las películas pornográficas, ellas son:
“Artículo 11.--Funciones de la comisión...
b) Regular, en aras del bien común y sobre la base de que la libertad de expresión, las actividades mencionadas en el artículo 2, y prohibir las que constituyan un peligro social, por su contenido estrictamente pornográfico o violento, por su potencial de incitación al crimen o al vicio o por degradar la condición del ser humano...
...Artículo 13.--Limitaciones
No se podrá prohibir ni restringir una actividad de las enumeradas en el artículo 2, por las ideas que sustente; excepto cuando la actividad incite a la subversión, al vicio, al crimen, al odio por razones religiosas, raciales o de nacionalidad o cuando su contenido sea estrictamente pornográfico.”[5]
Para finalizar esta sección, se presenta un extracto de la introducción del libro Cine y censura en Costa Rica, por Daniel Marranghello.
“La censura, entendida como la facultad que tienen organismos estatales de impedir la publicación, exhibición o difusión de una obra (literaria, periodística, teatral, cinematográfica, musical, pictórica, etc.) o la eliminación de algunas de sus partes, es algo que ha existido desde hace muchos siglos.
La censura es un medio de control ideológico; los gobernantes, antiguos y modernos, que temen las reacciones de sus ciudadanos ante ciertas obras, porque no confían en su madurez y buen juicio, ni en su lealtad, ni en sus creencias, se toman la libertad de decidir por ellos y les señalan que es lo que deben ver, escuchar o leer, para el bien de la sociedad que dirigen... Sin embargo, existen organismos censores que justifican la censura, la tutela que ejercen sobre los ciudadanos, aduciendo criterios seudocientíficos de protección social, que no pasan de ser meras teorías, no verificadas.
No existe una censura “científica”, objetiva o imparcial; todo organismo de censura actúa siempre desde alguna perspectiva ideológica. La moral y la política han sido, históricamente, los dos aspectos ideológicos que han servido como base para la aplicación de la censura en todos los países del mundo, tanto en los países democráticos como en los totalitarios y dictatoriales...
...La regulación de los espectáculos y la clasificación por edades, con el fin de proteger a menores de edad, no es censura en el sentido estricto. La censura es la capacidad legal de ciertos organismos de poder impedir totalmente la exhibición de una película, o cortarla, con el fin de evitar la difusión de ciertas ideas consideradas peligrosas. En los países industrializados, democráticos, la tendencia ha sido suprimir la censura y sustituirla por organismos de regulación y clasificación. Ciertamente, censura y democracia no son compatibles, ya que la censura implica necesariamente una negación de la libertad del ciudadano.”[6]
[1]Comisión Permanente de Asuntos Sociales. “Dictamen afirmativo de mayoría, Ley general de espectáculos públicos: Expediente Nº 11.457”. Asamblea Legislativa, República de Costa Rica. (San José, C.R.) 19 de abril de 1994. Consecutivo 0548-0563.
[2]Carcheri Schwartz, Luis F. Loc. cit.
[3]Carcheri Schwartz, Luis F. Loc. cit.
[4]Comfort, Alex. The joy of sex. Guía ilustrada del amor. Tercera edición. Barcelona, España: Ediciones Grijalbo, S.A. 1985. 335 pp.
[5]Asamblea Legislativa de la República de Costa Rica. “Ley general de espectáculos públicos, materiales audiovisuales e impresos.” La Gaceta. CXVI (224): 1-2, La Uruca, San José, CR, jueves 24 de noviembre de 1994.
[6]Marranghello, Daniel. Cine y censura en Costa Rica. Primera edición. San José: GRAFITEC, s.a. 1989. pp. 1, 2.
jueves, 22 de julio de 2010
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